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No te quejes…¡Actúa!

Con la campaña “NO TE QUEJES, ACTÚA”, CEACCU ofrece a los consumidores herramientas para que, además de protestar, reclamen. Por ejemplo, con formularios gratuitos para demandar directamente ante el juzgado a aerolíneas, compañias eléctricas, o de telefonía.

NOVEDAD: Estos modelos son válidos para juicios verbales de cuantía hasta 2.000 euros, en lugar de los 900 contemplados hasta ahora, por la entrada en vigor de la Ley 4/2011 de Reforma de la LEC el 14 de abril.

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Decálogo de los derechos de los usuarios de los medios de comunicación.

Archivo

Con motivo del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU), publicó, en marzo de 1995, un decálogo para reivindicar los derechos de los usuarios de los medios de comunicación. Estas demandas se trasladaron a los responsables de los medios de comunicación de ámbito nacional, con especial hincapié en el caso de las televisiones. El Consejo de RTVE incorporó a sus informes, haciéndolas suyas, estas peticiones.

 

EL USUARIO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION TIENE DERECHO A:

 

"1º.- Que los medios de comunicación respondan a su función esencial de satisfacer el derecho a la información de los ciudadanos. La información es un derecho fundamental cuya titularidad corresponde a los propios ciudadanos. La información será veraz, plural y eficaz.

2º.- El usuario tiene derecho a acceder a través de los medios de comunicación a la educación y a la cultura. También tiene derecho a que los medios faciliten el diálogo social y sean promotores de los valores universales.

3º.- Que se respeten los horarios anunciados de emisión de los programas. CEACCU entiende que cualquier práctica de contraprogramación vulnera este derecho.

 

4º.- Que se deslinden clara y explícitamente los mensajes publicitarios, de cualquier naturaleza, del resto de los contenidos.

 

5º.- Los niños como público particularmente protegido por la ley, tienen derecho a que los medios de comunicación, y muy en especial la TV: respeten su intimidad, les faciliten la información necesaria para su desarrollo, y no emitan contenidos violentos accesibles para ellos.

 

6º.- Más en concreto, y para garantizar el "derecho a la información de los niños", tienen derecho a que las televisiones: programen sus contenidos infantiles para satisfacer esta demanda, que los programas respondan a criterios pedagógicos y que indiquen previamente el contenido y la edad para la que están dirigidos.

 

7º.- El usuario tiene derecho a que se rectifiquen aquellas informaciones que le afecten y considere erróneas.

 

8º.- Para estar en igualdad de condiciones con los emisores, el usuario tiene derecho a que se le dote de instrumentos que le permitan interpretar correctamente los mensajes de los medios de comunicación. Es necesario que se fomente la capacidad crítica de los receptores y se realicen campañas educativas.

 

9º.- El usuario tiene derecho a acceder y participar en los medios, en especial en los de titularidad pública.

 

10º.- El usuario, a través de los grupos o asociaciones en los que se integra, tiene derecho a estar representado en los órganos de control y vigilancia y a disponer de los medios humanos y materiales que les permitan ser eficaces en el cumplimiento de sus objetivos".

 

 

Para que estos derechos puedan se exigidos es necesario que existan cauces accesibles y eficaces de regulación y sanción que garanticen el disfrute efectivo de estos derechos.

 

 

Madrid, 15 de marzo de 1995

 

Como parte de sus Campañas Nacionales sobre Medios de Comunicación y Derechos de los Usuarios, CEACCU y sus organizaciones miembro (54 asociaciones confederadas y 1053 delegaciones locales) han realizado en los últimos años distintos informes, recomendaciones y denuncias en defensa de los usuarios de los medios de comunicación (acciones de ceaccu).

 

 

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