No te quejes…¡Actúa!
Con la campaña “NO TE QUEJES, ACTÚA”, CEACCU ofrece a los consumidores herramientas para que, además de protestar, reclamen. Por ejemplo, con formularios gratuitos para demandar directamente ante el juzgado a aerolíneas, compañias eléctricas, o de telefonía.
NOVEDAD: Estos modelos son válidos para juicios verbales de cuantía hasta 2.000 euros, en lugar de los 900 contemplados hasta ahora, por la entrada en vigor de la Ley 4/2011 de Reforma de la LEC el 14 de abril.
La Comisión Nacional de la Competencia propone sancionar a Movistar por el anuncio de subida de tarifas en 2007 |
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CEACCU DENUNCIO LOS HECHOS E IMPULSÓ UN BOICOT CIUDADANO • La operadora respondió con un incremento de la cuota de establecimiento de llamada ante la prohibición de redondear al alza el tiempo de duración de las mismas. La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha aprobado una “Propuesta de Resolución” en la que resuelve la denuncia presentada por CEACCU y otras organizaciones de consumidores en 2007 por el anuncio de algunas de las operadoras de telefonía móvil de elevar sus tarifas, coincidiendo con la entrada en vigor de la Ley 44/2006 de 29 de diciembre de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios. Una norma que prohibía expresamente “el redondeo al alza” del tiempo consumido en el cobro de las llamadas. Según esta Propuesta de Resolución, se propone que se declare la existencia de una práctica prohibida por el artículo 1 de la Ley 16/1989, consistente en el anuncio de Movistar de sus nuevas tarifas, que esta conducta colusoria se tipifique como “muy grave”, que se declare como responsable de la infracción a Movistar y que se le imponga una sanción que podría llegar hasta el 10 % del volumen de negocios total de la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa (que en 2007 se situarían en torno a los 7.000 millones de euros, según los Informes Anuales de la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunciaciones)
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