CEACCU. Confederación Española de organizaciones de amas de casa consumidores y usuarios

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No te quejes…¡Actúa!

Con la campaña “NO TE QUEJES, ACTÚA”, CEACCU ofrece a los consumidores herramientas para que hagan valer sus derechos con eficacia. Para que actúen, además de protestar. Por ejemplo, con las aerolíneas, donde los usuarios ya se han descargado más de 9.000 modelos de demandas judiciales. O con las eléctricas: el próximo sector del que vamos a facilitar formularios para la reclamación ante el juzgado.

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CEACCU manifiesta su discrepancia con los criterios del juez instructor y anuncia la presentación, en los próximos días, de un recurso PDF Imprimir E-mail
Notas de Prensa
Martes, 12 de Enero de 2010 12:32

AIR COMET: VALORACIÓN DEL AUTO DE LA AUDIENCIA

  • En cuanto a las nuevas diligencias del Fiscal, CEACCU valora que ”precisamente, serán estas actuaciones, junto con las que soliciten las Asociaciones de Consumidores, las que permitirán obtener los datos precisos para corroborar los hechos imputados”

AirCometavionAnte el Auto del juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz desestimando la denuncia contra Air Comet por presuntos delitos de estafa, apropiación indebida e insolvencia punible al  haber podido seguir vendiendo billetes a pesar de conocer la situación de insolvencia, CEACCU realiza las siguientes consideraciones:

- El Auto no es firme, frente al mismo cabe recurso que será interpuesto esta misma semana. El propio Auto, además, apunta en su inciso final la posible "reapertura del caso". Desde los Servicios Jurídicos de CEACCU se interpreta este Auto “no como un punto final, sino, en todo caso, como ‘una coma’”.

- CEACCU no comparte los razonamientos del Auto por los siguientes motivos:

1) En la presente fase, conforme determina la jurisprudencia, no corresponde al instructor realizar valoración alguna sobre la veracidad o no de los hechos, limitándose  su actuación a constatar su posible competencia y, en su caso, si de ser ciertos los hechos denunciados resultarían delictivos.

2) Sorprende el reproche del instructor de "no constar ni en la denuncia ni en el informe del Ministerio Fiscal la existencia de esa generalidad de personas (afectados)", toda vez que es notorio y de público conocimiento, tanto por la difusión dada por los medios de comunicación, como por la intervención del Ministerio de Fomento y los incidentes vividos en las embajadas españolas, que los afectados han existido realmente y que no son una ficción. En cualquier caso, CEACCU anticipa que los datos "concretos" de los pasajeros afectados que se están recibiendo los pondrá a disposición del juez.

3) Se ha constatado, tanto por afectados, como por los propios trabajadores de Air Comet, la continuación de la venta de billetes una vez declarado el cese de la actividad, y, en todo caso, esto habría ocurrido con evidente conocimiento por parte  de los responsables de la empresa de la imposibilidad del cumplimiento de sus obligaciones.

4) Tampoco puede aceptarse que no existen afectados por la existencia de aviones fletados por el Ministerio de Fomento, como relata el Auto, pues “ni esta medida afectó a la totalidad de los viajeros, ni el perjuicio se limita al mero retorno pues desprecia los gastos en que han tenido que incurrir otros viajeros para su subsistencia (hoteles, comidas...), así como días de trabajo perdidos o incluso puestos de trabajo”.

Nuevas diligencias del Fiscal

5) En cuanto a las diligencias concretas que se han solicitado por parte del Ministerio Fiscal (oficios al Ministerio de Fomento y a la Corte Suprema de Londres e informe de la Unidad de Delincuencia Económica de la Comisaría General de Policía Judicial), CEACCU destaca que·”precisamente, de estas actuaciones se pretenden obtener los datos precisos que corroborarán los hechos imputados”

Y recuerda que “A estas diligencias se habrían de sumar las que solicitaran las asociaciones de consumidores y usuarios (listado de pasajeros de la compañía, listado de reclamantes de la oficina de atención de reclamaciones abierta por Fomento, documentación contable del último ejercicio, declaración de los administradores de hecho o de derecho, informes específicos de Fomento...)”

CEACCU concluye que “En definitiva, es en la fase instructora en la que nos hallamos y con la presentación de la denuncia en la que se pretenden obtener las pruebas necesarias para la acusación, cuya práctica corresponde ordenar al Juzgador, resultando materialmente imposible su aportación por parte de las asociaciones de consumidores y usuarios”

Más información:

Servicios Jurídicos: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla - Tel.: 91 5945089 Consultas de afectados: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla - Tel.: 91 5945089

Prensa: Yolanda Quintana (CEACCU prensa) Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla


  • En cuanto a las nuevas diligencias del Fiscal, CEACCU valora que ”precisamente, serán estas actuaciones, junto con las que soliciten las Asociaciones de Consumidores, las que permitirán obtener los datos precisos para corroborar los hechos imputados”
 

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